PERFECTA CARITATIS - DECRETO SOBRE LA ADECUADA RENOVACION DE LA VIDA RELIGIOSA


Perfecta Caritatis



DECRETO SOBRE LA ADECUADA RENOVACION

DE LA VIDA RELIGIOSA



Proemio


El Sacrosanto Concilio ha ensenado ya en la Constitucion que comienza "Lumen gentium", que la prosecucion de la caridad perfecta por la practica de los consejos evangélicos tiene su origen en la doctrina y en los ejemplos del Divino Maestro y que ellas se presenta como preclaro signo del Reino de los cielos. Se propone ahora tratar de la disciplina de los Institutos cuyos miembros profesan castidad, pobreza y obediencia, y proveer a las necesidades de los mismos en conformidad con las exigencias de nuestro tiempo.

Ya desde los origenes de la Iglesia hubo hombres y mujeres que se esforzaron por seguir con mas libertad a Cristo por la practica de los consejos evangélicos y, cada uno segun su modo peculiar, llevaron una vida dedicada a Dios, muchos de los cuales bajo la inspiracion del Espiritu Santo, o vivieron en la soledad o erigieron familias religiosas a las cuales la Iglesia, con su autoridad, acogio y aprobo de buen grado. De donde, por designios divinos, florecio aquella admirable variedad de familias religiosas que en tan gran manera contribuyo a que la Iglesia no solo estuviera equipada para toda obra buena (Cf. Tm 3,17) y preparada para la obra del ministerio en orden a la edificacion del Cuerpo de Cristo, sino también a que, hermoseada con los diversos dones de sus hijos, se presente como esposa que se engalana para su Esposo, y por ella se ponga de manifiesto la multiforme sabiduria de Dios.

Mas en medio de tanta diversidad de dones, todos los que son llamados por Dios a la practica de los consejos evangélicos y fielmente los profesan se consagran de modo particular al Senor, siguiente a Cristo, quien, virgen y pobre, redimio y santifico a los hombres por su obediencia hasta la muerte de Cruz. Asi, impulsados por la caridad que el Espiritu Santo difunde en sus corazones, viven mas y mas para Cristo y para su Cuerpo, que es la Iglesia. Porque cuanto mas fervientemente se unan a Cristo por medio de esta donacion de si mismos, que abarca la vida entera, mas exuberante resultara la vida de la Iglesia y mas intensamente fecundo su apostolado.

Mas para que el eminente valor de la vida consagrada por la profesion de los consejos evangélicos y su funcion necesaria, también en las actuales circunstancias, redunden en mayor bien de la Iglesia, este Sagrado Concilio establece lo siguiente que, sin embargo, no expresa mas que los principios generales de renovacion y acomodacion de la vida y de la disciplina de las familias religiosas y también, atendida su indole peculiar de las sociedades de vida comun sin voto y de los institutos seculares. Después del Concilio habran de dictarse por la Autoridad competente las normas particulares para la conveniente explicacion y aplicacion de estos principios.

Principios generales de renovacion


La adecuada adaptacion y renovacion de la vida religiosa comprende a la vez el continuo retorno a las fuentes de toda vida cristiana y a la inspiracion originaria de los Institutos, y la acomodacion de los mismos, a las cambiadas condiciones de los tiempos. Esta renovacion habra de promoverse, bajo el impulso del Espiritu Santo y la guia de la Iglesia, teniendo en cuenta los principios siguientes:

a) Como quiera que la ultima norma de vida religiosa es el seguimiento de Cristo, tal como lo propone Evangelio, todos los Institutos ha de tenerlos como regla suprema.

b) Redunda en bien mismo de la Iglesia el que todos los Institutos tengan su caracter y fin propios. Por tanto, han de conocerse y conservarse con fidelidad el espiritu y los propositos de los Fundadores, lo mismo que las sanas tradiciones, pues, todo ello constituye el patrimonio de cada uno de los Institutos.

c) Todos los Institutos participen en la vida de la Iglesia y, teniendo en cuenta el caracter propio de cada uno, hagan suyas y fomenten las empresas e iniciativas de la misma: en materia biblica, liturgica, dogmatica, pastoral, ecuménica, misional, social, etc.

d) Promuevan los Institutos entre sus miembros un conocimiento adecuado de las condiciones de los hombres y de los tiempos y de las necesidades de la Iglesia, de suerte que, juzgando prudentemente a la luz de la fe las circunstancias del mundo de hoy y abrasados de celo apostolico, puedan prestar a los hombres una ayuda mas eficaz.

e) Ordenandose ante todo la vida religiosa a que sus miembros sigan a Cristo y se unan a Dios por la profesion de los consejos evangélicos, habra que tener muy en cuenta que aun las mejores adaptaciones a las necesidades de nuestros tiempos no surtirian efecto alguno si no estuvieren animadas por una renovacion espiritual, a la que, incluso al promover las obras externas, se ha de dar siempre el primer lugar.

Criterios practicos para la renovacion


El modo de vivir, de orar y de actuar ha de estar convenientemente acomodado a las actuales condiciones fisicas y psiquicas de los miembros del Instituto y también acomodado en todas las partes, pero, principalmente, en tierras de mision y a tenor de lo que requiere la indole peculiar de cada Instituto y las necesidades del apostolado, a las exigencias de la cultura ya las circunstancias sociales y economicas.

También el sistema de gobierno de los Institutos ha de ser sometido a revision en conformidad con estos mismos criterios.

Por esta razon, sean revisados y adaptados convenientemente a los documentos de este Sagrado Concilio las constituciones, los "directorios", los libros de costumbres, de preces y de ceremonias y demas libros de esta clase, suprimiendo en ellos aquellas prescripciones que resulten anticuadas.

Por quiénes se ha de llevar a cabo la renovacion


No puede lograrse una eficaz renovacion ni una recta adaptacion si no cooperan todos los miembros del Instituto.

Sin embargo, solo a las autoridades competentes, principalmente a los Capitulos Generales, supuesta siempre la aprobacion de la Santa Sede y de los Ordinarios del lugar, cuando ella sea precisa a tenor del Derecho, corresponde fijar las normas de la renovacion y adaptacion, dictar las leyes y hacer las debidas y prudentes experiencias. Mas en aquello que toca al interés comun del Instituto, los Superiores consulten y oigan, de manera conveniente, a los subditos.

Para la renovacion y adaptacion de los monasterios de monjas se podran también obtener el voto y parecer de las asambleas de federaciones o de otras reuniones legitimamente convocadas.

Sin embargo, tengan todos presente que la renovacion, mas que de la multiplicacion de las leyes, ha de esperarse de una mas exacta observancia de la regla y constituciones.

Algunos elementos comunes a todas las formas de vida religiosa


Ante doto, han de tener en cuenta los miembros de cada Instituto que por la profesion de los consejos evangélicos han respondido al llamamiento divino para que no solo estén muertos al pecado, sino que, renunciando al mundo, vivan unicamente para Dios. En efecto, han dedicado su vida entera al divino servicio, lo que constituye una realidad, una especial consagracion, que radica intimamente en el bautismo y la realiza mas plenamente.

Considérense, ademas, dedicados al servicio de la Iglesia, ya que ella recibio esta donacion que de si mismos hicieron.

Este servicio de Dios debe estimular y fomentar en ellos el ejercicio de las virtudes, principalmente de la humildad y obediencia, de la fortaleza y de la castidad, por las cuales se participa en el anonadamiento de Cristo y a su vida mediante el espiritu.

En consecuencia, los religiosos, fieles a su profesion, abandonando todas las cosas por El, sigan a Cristo como lo unico necesario, escuchando su palabra y dedicandose con solicitud a las cosas que le atanen.

Por esto, los miembros de cualquier Instituto, buscando solo, y sobre todo, a Dios, deben unir la contemplacion, por la que se unen a El con la mente y con el corazon, al amor apostolico, con el que se han de esforzar por asociarse a la obra de la Redencion y por extender el Reino de Dios.

Ante todo han de cultivar la vida espiritual


Los que profesan los consejos evangélicos, ante todo busquen y amen a Dios, que nos amo a nosotros primero, y procuren con afan fomentar en todas las ocasiones la vida escondida con Cristo en Dios, de donde brota y cobra vigor el amor del projimo en orden a la salvacion del mundo y a la edificacion de la Iglesia.

Aun la misma practica de los consejos evangélicos esta animada y regulada por esta caridad.

Por esta razon los miembros de los Institutos, bebiendo en los manantiales auténticos de la espiritualidad cristiana, han de cultivar con interés constante el espiritu de oracion y la oracion misma. En primer lugar, manejen cotidianamente la Sagrada Escritura para adquirir en la lectura y meditacion de las divinas letras "el sublime conocimiento de Cristo Jesus". Fieles a la mente de la Iglesia, celebren la sagrada Liturgia y, principalmente, el sacrosanto Misterio de la Eucaristia no solo con los labios, sino también con el corazon, y sacien su vida espiritual en esta fuente inagotable. Alimentados asi en la mesa de la Ley divina y del sagrado Altar, amen fraternalmente a los miembros de Cristo, reverencien y amen con espiritu filial a sus pastores y vivan y sientan mas y mas con la Iglesia y consagrense totalmente a su mision.

Los Institutos de vida contemplativa


Los Institutos destinados por entero a la contemplacion, o sea, aquellos cuyos miembros se dedican solamente a Dios en la soledad y silencio, en la oracion asidua y generosa penitencia, ocupan siempre, aun cuando apremien las necesidades de un apostolado activo, un lugar eminente en el Cuerpo Mistico de Cristo, en el que no todos los miembros tienen la misma funcion. En efecto, ofrecen a Dios un eximio sacrificio de alabanza, ilustran al Pueblo de Dios con frutos ubérrimos de santidad y le edifican con su ejemplo e incluso contribuyen a su desarrollo con una misteriosa fecundidad. De esta manera son gala de la Iglesia y manantial para ella de gracias celestiales. Sin embargo, habra de ser revisado su tenor de vida en conformidad con los anteriores principios y criterios de renovacion y adaptacion, aunque manteniendo fidelisimamente su apartamiento del mundo y los ejercicios propios de la vida contemplativa.

Los Institutos de vida apostolica


Hay en la Iglesia gran numero de Institutos, clericales o laicales, dedicados a diversas obras de apostolado, que tienen dones diversos en conformidad con la gracia que les ha sido dada; ya sea el ministerio para servir, el que ensena, para ensenar; el que exhorta, para exhorta; el queda, con sencillez; el que practica la misericordia, con alegria. "Hay ciertamente, diversidad de dones espirituales, pero uno mismo es el Espiritu" (1Co 12,4).

La accion apostolica y benéfica en tales Institutos pertenece a la misma naturaleza de la vida religiosa, puesto que tal accion es un ministerio santo y una obra de caridad propia de ellos, que la Iglesia les ha encomendado y que han de realizar en su nombre. Por lo mismo, toda la vida religiosa de sus miembros ha de estar imbuida de espiritu apostolico, y toda su actividad apostolica ha de estar, a su vez, informada de espiritu religioso,

Asi, pues, para que primordialmente respondan a su llamamiento a seguir a Cristo y servirle en sus miembros, es necesario que la accion apostolica de los mismos proceda de la union intima con El. De este modo se fomenta la misma caridad para con Dios y para con el projimo.

Por ello, estos Institutos han de procurar que sus observancias y costumbres armonicen convenientemente con las exigencias del apostolado a que se dedican. Y porque la vida religiosa dedicada a obras apostolicas reviste multiples formas, es necesario que en su renovacion y adaptacion se tenga cuenta de esta diversidad y que en los Institutos, diversos entre si, la vida de sus miembros, ordenada al servicio de Cristo, se alimente por los medios que les son propios y convenientes.

Ha de mantenerse fielmente la vida monastica y conventual


Consérvese fielmente y resplandezca cada dia mas en su espiritu genuino, tanto en Oriente como en Occidente, la veneranda institucion de la vida monastica, que tan excelsos méritos se granjeo en la Iglesia y en la sociedad civil a lo largo de los siglos. Primordial oficio de monjes es tributar a la Divina Majestad un humilde y noble servicio dentro de los claustros del monasterio, ya se dediquen legitimamente a su cargo alguna obra de apostolado o de caridad cristiana. Conservando, pues, la indole caracteristica de la institucion, hagan reverdecer las antiguas tradiciones benéficas y acomodenlas a las actuales necesidades de las almas, de suerte que los monasterios sean como focos de edificacion para el pueblo cristiano.

Asimismo, las regiones que por regla asocian estrechamente la vida apostolica al oficio coral y a las observancias monasticas, adapten su régimen de vida a las exigencias y conveniencias del apostolado, pero de tal suerte que conserven con fidelidad su forma de vida, ya que ella es ciertamente una grande ventaja para la Iglesia.

La vida religiosa laical


La vida religiosa laical, tanto de hombres como de mujeres, constituye un estado completo en si de profesion de los consejos evangélicos. Por ello, el Sagrado Concilio, teniéndola en mucho a causa de la utilidad que reporta a la mision pastoral de la Iglesia en la educacion de la juventud, en el cuidado de los enfermos y en el ejercicio de otros ministerios, alienta a sus miembros en su vocacion y les exhorta a que acomoden su vida a las exigencias actuales.

El Sagrado Concilio declara que nada obsta a que en los Institutos de Hermanos, permaneciendo invariada su naturaleza laical, algunos de sus miembros, en virtud de una disposicion del Capitulo General, y para atender a las necesidades del ministerio sacerdotal, en sus propias casas reciban las sagradas ordenes.

Los Institutos seculares


Los Institutos seculares, aunque no son Institutos religiosos, realizan en el mundo una verdadera y completa profesion de los consejos evangélicos, reconocida por la Iglesia. Esta profesion confiere una consagracion a los hombres y a las mujeres, a los laicos y a los clérigos, que viven en el mundo. Por esta causa deben ellos procurar, ante todo, la dedicacion total de si mismos en caridad perfecta y los Institutos mantengan su propia fisonomia secular, a fin de que puedan realizar con eficacia y en todas partes el apostolado, para el que nacieron.

Sin embargo, han de saber bien estos Institutos que no podran desempenar tan grande mision si sus miembros no estan formados de tal manera en el conocimiento de las cosas divinas y humanas, que sean, en realidad, en medio del mundo, fermento para robustecer e incrementar el Cuerpo de Cristo. Preocupense seriamente los superiores de formar a sus subditos, principalmente en el espiritu, y de promover su formacion ulterior.

La castidad


La castidad "por el Reino de los cielos", que profesan los religiosos, debe ser estimada como un singular don de la gracia. Ella libera de modo especial el corazon del hombre para que se inflame mas en el amor a Dios y a todos los hombres, y es, por lo mismo, signo peculiar de los bienes celestiales y medio aptisimo para que los religiosos se dediquen con alegria al servicio divino y a las obras de apostolado. Evocan asi ellos ante todos los cristianos aquel maravilloso connubio instituido por Dios y que habra de tener en el siglo futuro su plena manifestacion, por el que la Iglesia tiene a Cristo como unico Esposo.

Es, pues, necesario que los religiosos, celosos por guardar fielmente su profesion, se fien de la palabra del Senor y sin presumir de sus propias fuerzas pongan su confianza en el auxilio divino y practiquen la mortificacion y la guarda de los sentidos. No omitan tampoco los medios naturales, que favorecen la salud del alma y del cuerpo. Asi, los religiosos no se dejaran impresionar por las falsas doctrinas, que presentan la continencia perfecta como imposible o como algo perjudicial al perfeccionamiento del hombre, y rechazaran, como por instinto espiritual, cuanto pone en peligro la castidad. Tengan, ademas, presenta todos, principalmente los Superiores, que habra mayor seguridad en la guarda de la castidad cuando reine en la vida comun un verdadero amor fraterno.

Mas porque la guarda de la continencia perfecta toca intimamente las mas profundas inclinaciones de la naturaleza humana, no se presenten los candidatos a ella sino después de haber sido suficientemente probados y de haber logrado la debida madurez psicologica y afectiva. Y no solo han de ser advertidos de los peligros que acechan contra la castidad, sino de tal manera instruidos, que abracen el celibato consagrado a Dios incluso como un bien de toda la persona.

La pobreza


Cultivan con diligencia los religiosos y, si es preciso, expresen con formas nuevas la pobreza voluntaria abrazada por el seguimiento de Cristo, del que, principalmente hoy, constituye un signo muy estimado.

Por ella, en efecto, se participa en la pobreza de Cristo, que siendo rico se hizo pobre por nosotros, a fin de enriquecernos con su pobreza.

Por lo que concierne a la pobreza religiosa, no basta con someterse a los Superiores en el uso de los bienes, sino que es menester que los religiosos sean pobres en la realidad y en el espiritu, teniendo sus tesoros en el cielo.

Cada cual en su oficio considérese sometido a la ley comun del trabajo, y mientras se procura de este modo las cosas necesarias para el sustento y las obras, deseche toda solicitud exagerada y abandonese a la Providencia del Padre, que esta en los cielos.

Las Congregaciones religiosas pueden permitir en sus Constituciones que sus miembros renuncien a los bienes patrimoniales adquiridos o por adquirir.

Teniendo en cuenta las circunstancias de cada lugar, los mismos Institutos esfuércense en dar testimonio colectivo de pobreza y contribuyan gustosamente con sus bienes a las demas necesidades de la Iglesia y al sustento de los pobres, a quienes todos los religiosos deben amar en las entranas de Cristo. Las Provincias y las Casas de los Institutos compartan entre si los bienes materiales, de forma que las que mas tengan presten ayuda a las que padecen necesidad.

Aunque los Institutos tienen derecho a poseer todo lo necesario para su vida temporal y para sus obras, salvas las Reglas y Constituciones, deben, sin embargo, evitar toda apariencia de lujo, de lucro excesivo y de acumulacion de bienes.

La obediencia


Los religiosos por la profesion de la obediencia, ofrecen a Dios, como sacrificio de si mismos, la consagracion completa de su propia voluntad, y mediante ella se unen de manera mas constante y segura a la divina voluntad salvifica. De ahi se deduce que siguiendo el ejemplo de Jesucristo, que vino a cumplir la voluntad del Padre, "tomando la forma de siervo", aprendio por sus padecimientos la obediencia, los religiosos, movidos por el Espiritu Santo, se someten en fe a los Superiores, que hacen las veces de Dios, y mediante ellos sirven a todos los hermanos en Cristo, como el mismo Cristo, por su sumision al Padre, sirvio a los hermanos y dio su vida por la redencion de muchos. De esta manera se vinculan mas estrechamente al servicio de la Iglesia y se esfuerzan por llegar a la medida de la edad que realiza la plenitud de Cristo.

En consecuencia, los subditos, en espiritu de fe y de amor a la voluntad de Dios, presten humilde obediencia a los Superiores, en conformidad con la Regla y las Constituciones, poniendo a contribucion las fuerzas de inteligencia y voluntad y los dones de naturaleza y gracia en la ejecucion de los mandatos y en el desempeno de los oficios que se les encomienden, persuadidos de que asi contribuyen, segun el designio de Dios, a la edificacion del Cuerpo de Cristo. Esta obediencia religiosa no mengua en manera alguna la dignidad de la persona humana, sino que la lleva a la madurez, dilatando la libertad de los hijos de Dios.

Mas los SUperiores, que habran de dar cuenta a Dios de las almas a ellos encomendadas, dociles a la voluntad divina en el desempeno de su cargo, ejerzan su autoridad en espiritu de servicio para con sus hermanos, de suerte que pongan de manifiesto la caridad con que Dios los ama.

Gobiernen a sus subditos como a hijos de Dios y con respeto a la persona humana. Por lo mismo, especialmente, déjenles la debida libertad por lo que se refiere al sacramento de la penitencia y a la direccion de conciencia. Logren de los subditos, que en el desempeno de sus cargos y en la aceptacion de las iniciativas cooperen éstos con obediencia activa y responsable. Por tanto, escuchen los Superiores con agrado a los subditos, procurando que empenen su actividad en bien del Instituto y de la Iglesia, quedando, no obstante, siempre a salvo su autoridad para determinar y mandar lo que debe hacerse.

Los Capitulos y Consejos cumplan fielmente la funcion que se les ha encomendado en el gobierno y en el modo que, respectivamente, les es propio, realicen la participacion y preocupacion de los miembros en pro de toda la comunidad.

La vida comun


A ejemplo de la primitiva Iglesia, en la cual la multitud de los creyentes eran un corazon y un alma, ha de mantenerse la vida comun en la oracion y en la comunion del mismo espiritu, nutrida por la doctrina evangélica, por la sagrada Liturgia y principalmente por la Eucaristia. Los religiosos, como miembros de Cristo, han de prevenirse en el trato fraterno con muestras de mutuo respeto, llevando el uno las cargas del otro, ya que la comunidad, como verdadera familia, reunida en nombre de Dios, goza de su divina presencia por la caridad que el Espiritu Santo difundio en los corazones. La caridad es la plenitud de la ley y vinculo de perfeccion y por ella sabemos que hemos sido traspasados de la muerte a la vida. En fin, la unidad de los hermanos manifiesta el advenimiento de Cristo y de ella dimana una gran fuerza apostolica.

A fin de que el vinculo de hermandad sea mas intimo entre sus miembros, incorporese estrechamente los llamados conversos o con otros nombres a la vida y actividades de la comunidad.

Ha de procurarse que en los Institutos de mujeres haya una sola clase de hermanas, a no ser que las circunstancias aconsejen verdaderamente otra cosa. En este caso, solo ha de conservarse la distincion de personas que esté exigida por la diversidad de obras a que las hermanas se dedican o por especial vocacion de Dios o por sus peculiares aptitudes.

Los monasterios e Institutos de varones que no son meramente laicales pueden admitir a tenor de las Constituciones y en conformidad con su propia indole, clérigos y laicos en igualdad de condiciones, derechos y deberes, salvo los que provienen de las ordenes sagradas.

La clausura de las monjas


Consérvese inalterada la clausura papal de las monjas de vida estrictamente contemplativa, pero después de oir el parecer de los mismos monasterios adaptese a las condiciones de los tiempos y lugares, suprimiendo los usos que hayan quedado anticuados.

Sean eximidas de la clausura papal las monjas que por su Regla se dedican a obras externas, para que asi puedan realizar mejor las obras de apostolado a ellas encomendadas, aunque deben guardar la clausura a tenor de sus Constituciones.

El habito religioso


El habito religioso, como signo que es de la consagracion, sea sencillo y modesto, pobre a la par que decente, que se adapte también a las exigencias de la salud y a las circunstancias de tiempo y lugar y se acomode a las necesidades del ministerio. El habito, tanto de hombres como de mujeres, que no se ajuste a estas normas, debe ser modificado.

La formacion de los religiosos


La renovacion y adaptacion de los Institutos depende principalmente de la formacion de sus miembros. Por tanto, los hermanos no clérigos y las religiosas no sean destinados inmediatamente después del Noviciado a obras apostolica, sino que deben continuar en casas convenientemente apropiadas su formacion religiosa y apostolica, doctrinal y técnica, incluso con la adquisicion de los titulos convenientes.

Para que la adaptacion de la vida religiosa a las exigencias de nuestro tiempo no sea una adaptacion meramente externa ni suceda que los que por institucion se dedican al apostolado externo se encuentren incapacitados para llenar su ministerio, han de ser instruidos convenientemente, segun la capacidad intelectual y la indole personal de cada uno, sobre las actuales costumbres sociales y sobre el modo de sentir y de pensar, hoy en boga. La formacion por un fusion armonica de sus elementos ha de darse de tal suerte que contribuya a la unidad de vida de los miembros del Instituto.

Los religiosos han de procurar ir perfeccionando cuidadosamente a lo largo de toda su vida esta cultura espiritual, doctrinal y técnica, y los Superiores han de hacer lo posible por proporcionarles oportunidad, ayuda y tiempo para ello.

Es también obligacion de los SUperiores procurar que los directores, maestros de espiritu y los profesores sean bien seleccionados y cuidadosamente preparados.

Fundacion de nuevos Institutos


En la fundacion de nuevos Institutos ha de ponderarse maduramente la necesidad, o por lo menos la grande utilidad, asi como la posibilidad de desarrollo, a fin de que no surjan imprudentemente Institutos inutiles o no dotados del suficiente vigor. De modo especial promuévanse y cultivense en las Iglesias nuevas las formas de vida religiosa que se adapten a la indole y a las costumbres de los habitantes y a los usos y condiciones de los respectivos paises.

Conservacion, adaptacion y abandono de las obras propias


Conserven los Institutos y realicen con fidelidad sus propias actividades y, teniendo en cuenta la utilidad de la Iglesia universal y de las diocesis, adaptenlas a las necesidades de tiempos y lugares, empleando los medios oportunos y aun otros nuevos; pero abandonen aquellas que son hoy menos conformes al espiritu y a la indole genuina del Instituto.

Manténgase en los Institutos el espiritu misionero y ajustese, segun la indole de cada uno, a las circunstancias de hoy, de suerte que en todos los pueblos resulte mas eficaz la predicacion del Evangelio.

Institutos y Monasterios decadentes


A los Institutos y Monasterios que, a juicio de la Santa Sede, después de oir a los Ordinarios de los lugares, no ofrezcan fundada esperanza de futura vitalidad, prohibanseles recibir nuevos novicios y, si es posible, unanse a otro Instituto o Monasterio mas vigoroso que por difiera mucho de él por su fin y por su espiritu.

Union de Institutos


Cuando se crea ello oportuno, y previa la aprobacion de la Santa Sede, los Institutos y Monasterios autonomos promuevan entre si: federaciones, si de alguna manera pertenecen a una misma familia religiosa; uniones, si tienen iguales constituciones y costumbres, y estan animados del mismo espiritu, principalmente si son demasiado pequenos; y asociaciones, si se dedican a idénticas o semejantes actividades externas.

Conferencias de Superiores Mayores


Han de fomentarse las Conferencias o Consejos de Superiores Mayores erigidos por la Santa Sede, que pueden contribuir en gran manera a conseguir mas plenamente del fin de cada Instituto, al fomento de un empeno mas eficaz por el bien de la Iglesia, a la mas equitativa distribucion de los obreros del Evangelio en determinado territorio y también al estudio de los problemas comunes a los religiosos, estableciendo la conveniente coordinacion y colaboracion con las Conferencias Episcopales en lo que se refiere al ejercicio del apostolado.

Pueden establecerse también este tipo de conferencias para los Institutos seculares.

Fomento de las vocaciones religiosas


Los sacerdotes y los educadores cristianos pongan un verdadero empeno en dar a las vocaciones religiosas, conveniente y cuidadosamente seleccionadas, nuevo incremento que responda plenamente a las necesidades de la Iglesia. Aun en la predicacion ordinaria, tratese con mas frecuencia de los consejos evangélicos y de las conveniencias en abrazar el estado religioso. Los padre, al educar a sus hijos en las costumbres cristianas, cultiven y defiendan en sus corazones la vocacion religiosa.

Es licito a los Institutos divulgar el conocimiento de si mismos para fomentar vocaciones y reclutar candidatos, con tal que esto se haga con la debida prudencia y observando las normas dadas por la Santa Sede y por el Ordinario del lugar.

Tengan en cuenta, sin embargo, todos que el ejemplo de la propia vida es la mejor recomendacion de su propio Instituto y una invitacion a abrazar la vida religiosa.

Conclusion


Los Institutos, para los cuales se establecen estas normas de renovacion y acomodacion, respondan con espiritu generoso a su divina vocacion y a la mision que en estos tiempos tienen en la Iglesia. El Sagrado Concilio aprecia en gran manera su género de vida virginal, pobre y obediente, cuyo modelo es el mismo Cristo Senor, y pone una firme esperanza en la fecundidad de sus actividades tanto ocultas como manifiestas. Todos los religiosos, pues, deben infundir el mensaje de Cristo en todo el mundo por la integridad de la fe, por la caridad para con Dios y para con el projimo, por el amor a la cruz y la esperanza de la gloria futura, a fin de que su testimonio sea patente a todos y sea glorificado nuestro Padre que esta en los cielos. De este modo, por intercesion de la dulcisima Virgen Maria, Madre de Dios, "cuya vida es norma de todos", recibiran mayor incremento cada dia y daran mas copiosos y saludables frutos.

Todas y cada una de las cosas contenidas en este Decreto han obtenido el beneplacito de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostolica recibida de Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y establecemos en el Espiritu Santo, y mandamos que lo asi decidido conciliarmente sea promulgado para gloria de Dios.

Roma, en San Pedro, 28 de octubre de 1965.

Yo, PABLO, Obispo de la Iglesia catolica.





DECRETO SOBRE LA FORMACION SACERDOTAL


DECRETO SOBRE LA FORMACION SACERDOTAL

Proemio

Conociendo muy bien el Santo Concilio que la anhelada renovación de toda la Iglesia depende en gran parte del ministerio de los sacerdotes, animado por el espíritu de Cristo, proclama la grandisima importancia de la formación sacerdotal y declara algunos principios fundamentales de la misma, con los que se confirmen las leyes ya experimentadas durante siglos, a la vez que se introduzcan en ellas las innovaciones que responden a las Constituciones y Decretos de este Santo Concilio, y a las renovadas circunstancias de los tiempos. Esta formación sacerdotal es necesaria por razón de la misma unidad del sacerdocio, para todos los sacerdotes de ambos cleros y de cualquier rito; por tanto, estas prescripciones, que van dirigidas directamente al clero diocesano, hay que acomodarlas a todos con las mutaciones necesarias.



I.En cada nación hay que establecer unas normas de formación sacerdotal.


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II. Fomento mas intenso de las vocaciones sacerdotales.


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En los Seminarios Menores, erigidos para cultivar los gérmenes de la vocación, los alumnos se han de preparar por una formación religiosa peculiar, sobre todo por una dirección espiritual conveniente, para seguir a Cristo Redentor con generosidad de alma y pureza de corazón. Su género de vida bajo la dirección paternal de los superiores con la oportuna cooperación de los padres, sea la que conviene a la edad, espíritu y evolución de los adolescentes y conforme en su totalidad a las normas de la sana psicologia, sin olvidar la adecuada experiencia segura de las cosas humanas y la relación con la propia familia. Hay que acomodar también al Seminario Menor todo lo que a continuación se establece sobre los Seminarios Mayores, en cuanto convenga a su fin y a su condición. Conviene que los estudios se organicen de modo que puedan continuarlos sin perjuicio en otras partes, si cambian de género de vida.




III. Organización de los Seminarios Mayores


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Los Seminarios Mayores son necesarios para la formación sacerdotal. Toda la educación de los alumnos en ellos debe tender a que se formen verdaderos pastores de almas a ejemplo de Nuestro Señor Jesucristo, Maestro, Sacerdotes y Pastor, preparense, por consiguiente, para el ministerio de la palabra: que entiendan cada vez mejor la palabra revelada de Dios, que la posean con la meditación y la expresen en su lenguaje y sus costumbres; para el ministerio del culto y de la santificación: que, orando y celebrando las funciones litúrgicas, ejerzan la obra de salvación por medio del Sacrificio Eucaristico y los sacramentos; para el ministerio pastoral: que sepan representar delante de los hombres a Cristo, que, "no vino a ser servido, sino a servir y dar su vida para redención de muchos" (Mc 10,45 Jn 13,12-17), y que, hechos siervos de todos, ganen a muchos (1Co 9,19).

Por lo cual, todos los aspectos de la formación, el espiritual, el intelectual y el disciplinar, han de ordenarse conjuntamente a esta acción pastoral, y para conseguirla han de esforzarse diligentes y concordemente todos los superiores y profesores, obedeciendo fielmente a la autoridad del Obispo.


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IV. El cultivo intenso de la formación espiritual.


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Los alumnos que, según las leyes santas y firmes de su propio rito, siguen la venerable tradición del celibato sacerdotal, han de ser educados cuidadosamente para este estado, en que, renunciando a la sociedad conyugal por el reino de los cielos, se unen al Señor con amor indiviso y, muy de acuerdo con el Nuevo Testamento, dan testimonio de la resurrección en el siglo futuro, y consiguen de este modo una ayuda aptisima para ejercitar constantemente la perfecta caridad, con la que pueden hacerse todo para todos en el ministerio sacerdotal. Sientan intimamente con cuanta gratitud han de abrazar ese estado no solo como precepto de la ley eclesiástica, sino como un don precioso de Dios que han de alcanzar humildemente, al que han de esforzarse en corresponder libre y generosamente con el estimulo y la ayuda de la gracia del Espíritu Santo.






Hay que apreciar la disciplina del Seminario no solo como defensa eficaz de la vida común y de la caridad, sino como elemento necesario de toda la formación para adquirir el dominio de sí mismo, para procurar la solida madurez de la persona y formar las demás disposiciones del alma que ayudan decididamente a la labor ordenada y fructuosa de la Iglesia. Obsérvese, sin embargo, la disciplina de modo que se convierta en aptitud interna de los alumnos, en virtud de la cual se acepta la autoridad de los superiores por convicción interna o en conciencia, y por motivos sobrenaturales. Apliquense, no obstante, las normas de la disciplina según la edad de los alumnos, de forma que mientras aprenden poco a poco a gobernarse a sí mismos se acostumbren a usar prudentemente de la libertad, a obrar según la propia iniciativa y responsabilidad y a colaborar con los hermanos y los seglares.



A fin de que la formación espiritual se fundamente en razones verdaderamente solidas, y los alumnos abracen su vocación con elección madura y deliberada, podrán los Obispos establecer un intervalo conveniente de tiempo para una formación espiritual mas intensa. A su juicio queda también ver la oportunidad de determinar cierta interrupción en los estudios o disponer un conveniente ensayo pastoral para atender mejor a la aprobación de los candidatos al sacerdocio. También se deja a la decisión de los Obispos, según las condiciones de cada región, poder retrasar la edad exigida al presente por el derecho común para las ordenes sagradas, y resolver sobre la oportunidad de establecer que los alumnos, una vez terminado el curso teológico, ejerciten por un tiempo conveniente el orden del diaconado, antes de ordenarse sacerdotes.



V. Revisión de los estudios eclesiásticos.













Ordénese la teología dogmatica de forma que, ante todo, se propongan los temas biblicos; expongase luego a los alumnos la contribución que los Padres de la Iglesia del Oriente y del Occidente han aportado en la fiel transmisión y comprensión de cada una de las verdades de la Revelación, y la historia posterior del dogma, considerada incluso en relación con la historia general de la Iglesia; aprendan luego los alumnos a ilustrar los misterios de la salvación, cuanto más puedan, y comprenderlos mas profundamente y observar sus mutuas relaciones por medio de la especulación, siguiendo las ensenanzas de Santo Tomas; aprendan también a reconocerlos presentes y operantes en las acciones litúrgicas y en toda la vida de la Iglesia; a buscar la solución de los problemas humanos bajo la luz de la Revelación; a aplicar las verdades eternas a la variable condición de las cosas humanas, y a comunicarlas en modo apropiado a los hombres de su tiempo.











VI. El fomento de la formación estrictamente pastoral.











VII. Perfeccionamiento de la formación después de los estudios.





CONCLUSIÓN

Los Padres de este Sagrado Concilio, prosiguiendo la obra comenzada por el Concilio de Trento, mientras confian a los superiores y profesores de los Seminarios el deber de formar a los futuros sacerdotes de Cristo en el espíritu de renovación promovido por este Santo Concilio, exhortan ardientemente a los que se preparan para el ministerio sacerdotal que consideren como en ellos se deposita la esperanza de la Iglesia y la salvación de las almas, reciban, pues, amorosamente las normas de este Decreto, de forma que lleguen a producir frutos ubérrimos que permanezcan para siempre.

Todas y cada una de las cosas contenidas en este Decreto han obtenido el beneplacito de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostólica recibida de Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y establecemos en el Espíritu Santo, y mandamos que lo así decidido conciliarmente sea promulgado para gloria de Dios.

Roma, en San Pedro, 28 de octubre de 1965.

Yo, PABLO, Obispo de la Iglesia católica.